Si en un cultivo de cannabis no se encuentra dinero en efectivo, equipo de siembra destinada a tráfico y no se realiza venta de ningún tipo, no se considera delito, pues no hay ningún perjuicio para la salud pública. Este principio suena muy lógico al leerlo a viva voz pero, hasta el momento, no es un paradigma que reine entre las policías de América Latina. Sin embargo, fue el argumento que utilizó un tribunal de Costa Rica en el caso de Mario Cerdas, un abogado que pasó cinco meses en prisión preventiva por tener 150 plantas.

De esta forma, la sala determinó que si una persona cultiva cannabis en su casa sin que esta sea para fines de tráfico, es permitido y el Estado costarricense no lo considerará como un peligro para la salud pública. La investigación implicó simulacros de compra por parte de la justicia, pero no encontraron actividades relacionadas con ese ilícito.

“Recibimos con mucha satisfacción este fallo porque, desde que inició el proceso, la Defensa Pública hizo ver que los tribunales y la jurisprudencia nacional siempre habían exigido que cualquier delito relacionado con droga, exigía que hubiera una finalidad de tráfico, distribución o comercio”, afirmó Sebastián Mesén, defensor público de Mario Cerdas.

“Hay que empezar con las consultas al Estado a ver si piensan regular el autocultivo porque ahora está a la libre y los usuarios siguen siendo criminalizados por falta de regulación”, comentó Ernesto Cortés, representante de la Asociación Costarricense para el Estudio e Intervensión en Drogas (ACEID).

por Rama

Fuente: La Marihuana